Recuperar el carnet de conducir

Recuperar el carnet de conducir

Hay dos motivos esenciales por los que se puede perder el carnet de conducir. En primer lugar, hay que hacer referencia a la retirada total de todos los puntos a causa de una acumulación de infracciones. La otra posibilidad es por una sentencia judicial tras cometer una infracción de tráfico tipificada como delito contra la seguridad vial. Eso provocará que se abra un nuevo escenario para nosotros, ya que no nos quedará otro remedio que obtener el permiso de conducir de nuevo, y para ello nos exigirán efectuar unos cursos de concienciación y un posterior examen.

Por lo general, esa pérdida total de puntos del carnet de conducir se debe a distintas infracciones, que en función de su gravedad son de 2, 3, 4 o 6 puntos. Por ley, en un solo día, solo es posible que nos quiten 8, aunque existe la posibilidad de que retiren más en función de la gravedad de los hechos. Hay que decir que el conductor, aunque reciba una sanción que le deje sin saldo de puntos, todavía podrá ponerse al volante hasta que la notificación de los hechos se haga efectiva. Una vez que sea firme, el infractor deberá entregar el permiso o licencia de conducir en la Jefatura de Tráfico.

El periodo de retirada del carnet de conducir va desde los tres meses para los conductores profesionales, hasta los seis en el caso de los particulares. Cuando se trate de una perdida por orden judicial, se amplía hasta los 8 meses y un día al menos.

Aunque pueda parecer un trámite el curso de reeducación vial y la prueba teórica a realizar para recuperar el permiso, en realidad no lo es tanto. El objetivo es que el infractor vuelva a sacarse la licencia otra vez y para ello es preciso que ‘refresque’ la normativa vial para que pueda ponerla en práctica.

Recuperar el carnet de conducir

Tipos de permisos

Es importante, además, hacer un repaso por el tipo de permisos disponibles. En concreto hay 9, a los que se le suman los cinco para llevar remolques.

Para pilotar motos

  • Permiso AM: en su momento se le conocía como licencia de ciclomotor, pero desde 2010 pasó a denominarse permiso de conducir AM. Con él será posible conducir ciclomotores de hasta 50 cc de dos o tres ruedas. También está pensado para cuatriciclos ligeros, y la edad mínima que se exige es de 15 años.
  • Permiso A1: otro de los permisos de conducir ciclomotores y motocicletas es el A1, en donde el límite es de hasta 125 cc. Se puede conseguir a partir de los 16 años, y habrá que superar varias pruebas de carácter práctico y práctico.
  • Permiso A2: permite la conducción de motocicletas con una cilindrada de entre 400 y 600 cc. La edad mínima permitida es de 18 años, con un examen teórico con dos partes, y otro práctico que se divide en circular en una pista cerrada y en una vía abierta al tráfico.
  • Permiso dA: este permiso facilitará la conducción de cualquier motocicleta al margen de la cilindrada que tenga. Para ello se requiere contar previamente con el carnet A2 y tener una antigüedad de al menos un par de años. Por lo tanto, hasta los 20 años no será posible sacarlo. Habrá que superar un curso concreto de la DGT que se compone de tres horas teóricas y seis prácticas.

Para conducir turismos

  • Permiso B: de entre todos los permisos de conducción, posiblemente el de la clase B sea el más conocido. De manera coloquial también se le llama carnet de coche. Permite conducir vehículos con una masa máxima autorizada de hasta 3.500 kilos, y pensados para llevar un máximo de ocho pasajeros, además del conductor. Además, con este permiso es posible llevar enganchado un remolque que no exceda de 750 kilos.

Para conducir camiones

Para ponerse al volante de un camión existen dos tipos de licencias, que dependen del peso del vehículo.

  • Permiso C1: a través de este permiso será posible conducir vehículos con un peso de entre 3.500 y 7.500 kilos, en donde el número de asientos permitido es de 9, contando al conductor. La edad mínima que se pide son los 18 años, y para obtenerlo será preciso contar con el carnet B, además de superar una prueba teórica y dos prácticas.
  • Permiso C: esta licencia para camiones no cuenta con limitación de peso, aunque como ocurriera con el permiso anterior, el tope de pasajeros queda fijado en las 9 personas. Habrá que tener los 21 años cumplidos para sacarlo, además de poseer el carnet de conducir B y aprobar los exámenes exigidos para el permiso C1.
Recuperar el carnet de conducir

Para conducir autobuses

Hay que diferenciar entre dos tipos de carnets para conducir autobuses, que dependerán de las dimensiones del mismo y del número de ocupantes que pueda llevar.

  • Permiso D1: autoriza la conducción de vehículos con el propósito de transportar personas, en donde la capacidad máxima de asientos queda fijado en los 17, contando con el conductor. En cuanto a la longitud, no debe rebasar los 8 metros. Para sacarlo es preciso tener al menos 21 años, siendo además poseedor del carnet de clase B y aprobando con anterioridad tres exámenes.
  • Permiso de clase D: esta licencia habilita al conductor para ponerse al volante de vehículos de transporte de pasajeros de más de nueve personas. Es preciso contar con al menos 24 años y entre los requisitos que se establecen están disponer del permiso B, además de aprobar tres pruebas para que nos lo concedan.

Para conducir remolques

Para poder llevar remolques también se requiere la obtención de permisos de conducir específicos. A continuación te detallamos cuáles son:

  • Permiso de Clase B + E: con esta licencia se podrá conducir vehículos ligeros con un remolque o semirremolque con un peso que no supere los 3.500 kilos y la MMA del conjunto no rebase los 7.000 kilos. Se puede obtener a partir de los 18 años y para ello será preciso contar con el permiso de clase B.
  • Permiso C1 + E: permite conducir vehículos acoplados compuestos por un vehículo de los autorizados por el carnet C1 y un remolque o semirremolque de más de 750 kilos La MMA del conjunto queda fijada en los 12.000 kilos. La edad mínima para conseguirlo es de 18 años y se requiere contar con el carnet C1.
  • Permiso C + E: este permiso se podrá conseguir a partir de los 21 años y se exige contar con el permiso de clase C. Habilita la conducción de vehículos acoplados en donde tienen cabida aquellos autorizados con la licencia C1 y un remolque cuya MMA supere los 750 kilos.
  • Permiso D1 + E: gracias a este carnet será posible la conducción de vehículos acoplados integrados por un vehículo de los permitidos con el carnet D1 y un remolque o semirremolque superior a 750 kilos. Previamente, habrá que disponer del D1 y contar con al menos 21 años.
  • Permiso D + E: habilita la conducción de vehículos acoplados formados por un vehículo de los incluidos en el permiso D y un remolque o semirremolque que tenga una MMA por encima de los 750 kilos. Se exige contar con anterioridad con el carnet D y la edad mínima para conseguir esta licencia es de 24 años.

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